DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

III del art. 9

Consiguientemente, la carta orgánica no puede establecer sobre la soberanía, ya que ella solo está reservada para el Estado Boliviano conforme determina el referido artículo señalado de la Ley Fundamental, por lo que el par. III del art. 9 de la carta orgánica en análisis es incompatible con la Norma Suprema.