DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

El numeral 18 del art. 30 del proyecto

El numeral 18 del art. 30 del proyecto  de Carta Orgánica, establece como atribución del Concejo Municipal; “Fiscalizar, a través del Alcalde Municipal, a los Oficiales Mayores, Asesores, Directores y personal de la administración municipal, así como a los directorios y ejecutivos de las Empresas Municipales” al respecto se debe indicar que el concejo municipal conforme establece el art. 283 de la CPE, es titular de la labor fiscalizadora por lo mismo, dicha atribución ejerce de manera amplia, por lo que la frase “a través del Alcalde” es incompatible con la Norma Suprema.