DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

Artículo 58.- (Defensor del Ciudadano):

Créase la defensoría del ciudadano, que actúa con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su función es defender y proteger los derechos, garantías e intereses concretos y difusos de los individuos y de la comunidad tutelados por la Constitución Política del Estado, Tratados y Convenios Internacionales y Leyes nacionales vigentes y por esta Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones sobre los que recaiga competencia municipal.