DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015
Fecha: 28-Jul-2015
1.
1. Promover, fomentar, impulsar y garantizar el desarrollo integral justo, equitativo y participativo de todos los habitantes de la Unidad territorial Municipal de Laja, a través de la formulación de políticas públicas, planes, programas y proyectos concordantes con la planificación Departamental y Nacional, generando el desarrollo económico y productivo, bajo los valores de los principios fundamentales de existencia práctica de los pueblos, naciones Indígenas, Originarios y/o campesinos.
1. El nombramiento del defensor de habitantes y estantes de la Unidad Territorial Municipal de Laja, se lo realizará mediante examen de competencia, concurso de méritos y exposición de propuestas en público. La convocatoria será realizada por el Concejo Municipal en coordinación con autoridades de Control Social.
En este sentido, en la determinación de los límites territoriales expresada en la norma analizada debió considerar los siguientes aspectos: 1) El establecimiento de límites responde a un procedimiento establecido y debe ser necesariamente aprobado mediante ley del nivel nacional de gobierno; y, 2) La delimitación unilateral de los límites de la ETA implica un impacto probable que puede afectar los intereses de otras ETA’s, principalmente las colindantes, lo que vulnera de manera directa el principio de ‘lealtad institucional’, el cual está relacionado con los principios de ‘igualdad’, ‘complementariedad’ y ‘reciprocidad’, aspectos que provocan la declaratoria de inconstitucionalidad parcial referida”.
Conforme al análisis precedente, se determina que la delimitación unilateral de los límites, colindancias, expresadas por el proyecto de la carta orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Laja, excede los límites determinados por el régimen competencial, toda vez que se trata de una competencia, asignada a otras instancias y que además responde a un procedimiento participativo con intervención activa de todas las ETA involucradas.
1° INCOMPATIBILIDAD con la Constitución Política del Estado, de los siguientes: arts. 1, 3, 5.III, 6.2, 8 las frases “los tratados y convenios internacionales” e “y otras normas en vigencia”; 10 la frase “La ciudad del mismo nombre se constituye en su capital territorial”; 11, 13 la frase “colinda al norte con el Gobierno Autónomo Municipal de Pucarani, al sur con el Gobierno Autónomo Municipal Viacha, al sud oeste con el Gobierno Autónomo Municipal de Jesús de Machaca, al oeste con el Gobierno Autónomo Municipal de Tiwanaku y al este con los municipios de El Alto y Viacha.”; 15.I la palabra “reconoce”; 16, 18, 20, 22.IV numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10 y 11; 23.I.5; 24.II; 26.I, 27, 29, 30 en la frase “y la presente Carta Orgánica Municipal” y numeral 2 en la frase “técnica administrativa”; 33.III; 34 en la frase “o sentencia ejecutoriada”; 35, 38.II en la frase “y se procederá el reconocimiento de concejales designados por normas y procedimientos propios“; 39.8 en la frase “Posterior a los 10 años”, numeral 13, 15, 19, 20 y 24; 40 inc. d), e), g), h), i) y j); 45 en la frase “transcurridos diez (10) años desde la sesión reservada o por decisión de dos tercios (2/3) de las Concejalas o Concejales presentes, las actas adquirirán carácter público”; 49, 53.II en la frase “la Ley del Régimen Electoral y la presente Carta Orgánica Municipal”; 54, 55, 56.I.4, 10, 13 en la frase “341”; y 17 en el término “Proponer”; 59 incs. d), g) y i) la frase “341”; 61.I en la frase “constituyendo incompatible con la función pública, el ejercicio precario del oficio y el ejercicio ilegal de la profesión”; 62, 64, 65 en la frase “A cuyo efecto, la responsabilidad Administrativa, Ejecutiva, Civil y Penal, cuya responsabilidad se determina por los efectos de la acción u omisión”, 66 la frase “Leyes Nacionales Nº 004, 1178, 341, 007 y otras normas.”; 67 la frase “Una Ley Municipal Especial establecerá la Carrera Administrativa conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, las Leyes del Estado Plurinacional y la presente Carta Orgánica Municipal”; 68.I.3; 70 en la frase “La carrera administrativa se instaurará en toda la estructura del Gobierno Autónomo Municipal de Laja, la definición de los cargos de la carrera administrativa se realizará mediante Ley Municipal”, 71.1, 3, 5 y 6; 72, 73, 75, 76.II; 79, 81, 82, 83.I en la frase “del Gobierno Autónomo Municipal”, 85 en la frase “siempre y cuando éstas no puedan ser prestadas mediante administración privada”; 87.I numerales 10, 11, 29 y 37; 91.III, 92 en la frase “y de radios comunitarias y los del emprendimiento privado” 94.I en la frase “Nº 300”, 95.I, 97, 100.I; 101, 103, 107, 108, 109, 112, 113, 114, 115, 117.I, II inc. c) y III.1 en la frase “de dominio”; 119, 122, 123 en la frase “Nº 1178 SAFCO y sus Subsistemas, el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA)”, 126 en la frase “No 1178 SAFCO, subsistema de Contratación de Bienes y Servicios”; 132, 135, 137, 138.I.1.3 y 2 inc. e), III y IV; 139 en la frase “…con excepción de los bienes referidos a los bienes sujetos al régimen privado”; 141, 143 inc. a) y b); 145, 146, 149, 150, 151, 158, 160 en la frase “y/o de oficio constituirse en la parte civil”, 161 inc. b), 162, 164.I la frase “ubicadas en la ciudad de El Alto,” y sus numerales 1, 2, 3 y 4; 167.I, II la frase “La infraestructura del sector transporte en sus modalidades: aérea, terrestre y ferroviaria, son parte exclusiva de dicho plan” y III; 168.I en la frase “y no deberá tomar como fuente laboral”; 169 la frase “Comité de”; 170.I, II y III la frase “en directa concordancia con la Ley Nacional Nº 073, y los tratados y/o convenios internacionales”; 174, 175, 176, 177, 178, 179, 181, 182, 184, 185.II; 198.I, 202, 206.I.4; 211.I, 212; disposiciones transitorias primera parágrafos III y IV, segunda, tercera y cuarta.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II. CONCLUSIONES
- PREÁMBULO
- Artículo 1. (CONSTITUCIÓN)
- Artículo 3. (VISIÓN)
- Artículo 4. (MISIÓN)
- I.
- Artículo 8. (SUJECIÓN JURÍDICA)
- 2.
- IV.
- Artículo 11. (AUTONOMÍA MUNICIPAL)
- Artículo 13. (UBICACIÓN DE LA UNIDAD TERRITORIAL MUNICIPAL)
- Municipio.-
- Artículo 16.
- Artículo 19. (ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA MUNICIPAL)
- III.
- V.
- VI.
- 1.
- Artículo 25. (REIVINDICACIÓN TERRITORIAL Y MARÍTIMA)
- II.
- Artículo 29. (DISPOSICIONES GENERALES)
- Artículo 30. (ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y LA IDENTIFICACIÓN DE SUS AUTORIDADES)
- Artículo 32. (DEMOCRACIA MUNICIPAL)
- 8.
- 25.
- Artículo 44. (CONVOCATORIA A SESIONES EXTRAORDINARIAS)
- Artículo 45. (SESIONES PÚBLICAS Y RESERVADAS)
- Artículo 50. (PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO)
- Artículo 51. (PROMULGACIÓN DE LAS LEYES MUNICIPALES)
- Artículo 63.
- Artículo 67 (DE LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS)
- Artículo 70. (DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA)
- Artículo 77. (PARTICIPACIÓN)
- Artículo 78. (EL CONTROL SOCIAL)
- Artículo 80. (MECANISMOS Y FORMAS DE CONTROL SOCIAL)
- Artículo 98. (DESARROLLO RURAL INTEGRAL)
- Artículo 103. (SEGURIDAD CIUDADANA)
- Artículo 106. (ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DE COMPETENCIAS)
- Artículo 110. (PROCESO DE ASUNCIÓN DE COMPETENCIAS)
- Artículo 119. (TRANSFERENCIA DEL NIVEL CENTRAL O DEPARTAMENTAL)
- Artículo 129. (PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL URBANO)
- Artículo 130. (INICIATIVA CIUDADANA)
- Artículo 131. (PLANIFICACIÓN PARTICIPATIVA)
- Artículo 132. (CONSULTAS MUNICIPALES)
- 1. Gastos de funcionamiento:
- 2. Gastos de inversión:
- Artículo 139. (PATRIMONIO MUNICIPAL)
- Artículo 140. (CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL PATRIMONIO MUNICIPAL)
- Artículo 141. (ASUNCIÓN)
- Artículo 143. (PLANIFICACIÓN POR ESCALAS DE TIEMPO)
- Artículo 144. (PARTICIPACIÓN INDIVIDUAL)
- Artículo 150. (GARANTÍAS)
- Artículo 163. (TRANSPORTE EXCLUSIVAMENTE PRIVADO)
- Artículo 166. (MÉTODOS DE DETERMINACIÓN DE TARIFAS)
- Artículo 167. (INFRAESTRUCTURA VIAL)
- Artículo 170. (ASUNCIÓN)
- Artículo 176. (MARCO JURÍDICO)
- Artículo 178. (MECANISMOS DE ELECCIÓN)
- Artículo 181.
- Artículo 203. (PROMOCIÓN DEL TURISMO)
- Artículo 204. (DESARROLLO DEL TURISMO)
- Artículo 207. (CULTURAS, ARTES Y ARTESANÍAS POPULARES)
- Artículo 212. (REFORMA)
- Cuarta
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 68
- 1. Facultad legislativa
- 2. Facultad reglamentaria.
- 3. Facultad ejecutiva.
- 4. Facultad fiscalizadora.
- 5. Facultad deliberativa.
- en las competencias privativas únicamente el nivel central del Estado es el titular de las tres facultades; es decir, el nivel central: elabora la ley, a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional, reglamenta la ley y ejecuta la competencia a través del Órgano Ejecutivo. Ninguna de las facultades puede ser transferida ni delegada a otro nivel de gobierno.
- supone que un nivel de gobierno, ya sea el nivel central del Estado o las entidades territoriales autónomas, tienen la titularidad de todas las facultades: legislativa, ejecutiva y reglamentaria, es decir, elabora la ley (órgano deliberativo), reglamenta la ley (órgano ejecutivo) y ejecuta la competencia (órgano ejecutivo)
- c) Competencias concurrentes.
- d) Competencias compartidas.
- Entidad Territorial
- III.6. El control previo de constitucionalidad
- en este test de constitucionalidad del proyecto de la carta orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Laja, provincia Los Andes del departamento de La Paz, se transcribirá íntegramente los artículos, disposiciones identificados como incompatibles con la Ley Fundamental, seguidas del fundamento que derivó en su declaratoria. Una vez valorados los mismos, que se consideren compatibles con el texto constitucional, no formaran parte del presente apartado, a no ser que, para su correcta interpretación y aplicación, merezcan un entendimiento que permitan justamente la supremacía constitucional
- III.7.1. Examen de los artículos del Título Primero “BASES FUNDAMENTALES DE LA UNIDAD TERRITORIAL MUNICIPAL DE LAJA” (arts. 1 a 21)
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 1
- a)
- b)
- pluralismo político,
- c)
- Artículo 5. (BASE PRODUCTIVA)
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los arts. 3 y 5.III
- en el ámbito de su jurisdicción
- Cargo de comprensión constitucional de una parte del art. 8
- incompatibilidad
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 11
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 13
- Artículo 16. (IDIOMAS OFICIALES)
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 16
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 18
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 20
- compatibles
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 22.IV numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10 y 11
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 23.I.5
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 24.II
- Cargo de comprensión constitucional del art. 25
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 27
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 29
- Cargo de incompatibilidad constitucional de frases del art. 30.2
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 33.III
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 34
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 35
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 38.II
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 39.8
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 39.13
- Fragmento 112
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 39.15
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 39.19
- se declara incompatible los arts. 65 y 66 del presente Proyecto de Carta Orgánica, con la Constitución Política del Estado
- Fragmento 116
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 39.20
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 39.24
- Cargo de incompatibilidad constitucional
- Cargo de comprensión constitucional del art. 41
- compatibilidad
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 45
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 49
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 53.II
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 54
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 55
- Cargo de incompatibilidad constitucional de un término del art. 56.I.17
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 59 inc. d)
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 59 inc. g)
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 64 y frases de los arts. 65 y 67.
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 68.I.3
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 71 numerales 1, 3, 5 y 6
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los arts. 72 y 73
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 75
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los arts. 79, 81 y 82.
- Cargo de incompatibilidad constitucional de frases del art. 83.I
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 85
- Cargo de comprensión constitucional de una parte del art. 85
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 91.III
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 92
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 94.I
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 95.I
- Cargo comprensión constitucional del art. 96
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 97
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los arts. 100.I, 101 y 103
- Fragmento 146
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los arts. 112, 113, 114 y 115
- Con referencia al parágrafo I
- Con referencia al parágrafo II
- Con referencia al parágrafo III.1
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 119
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 122
- Cargo de incompatibilidad constitucional de frases de los arts. 123 y 126
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 132
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 135
- Con referencia al numeral 1.3 del parágrafo I
- Con referencia al inc. e) del numeral 2 del parágrafo I y III
- Con referencia al parágrafo IV
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 139
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 141
- Con referencia al inc. a)
- Con referencia al inc.
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 145
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 146
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 149
- Cargo de comprensión constitucional del art. 152
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 158
- Cargo de incompatibilidad constitucional en una frase del art. 160
- incompatible
- Unidad Territorial Municipal
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 164.I numerales 1, 2, 3 y 4
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 167.I, II y III
- Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 169
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 174
- Artículo 181. (ADMINISTRACIÓN DE FONDOS FINANCIEROS)
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 185.II
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 198.I
- Cargo de incompatibilidad constitucional de los arts. 202 y 206.I.4
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 211.I
- Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 212
- compatible
- art. 204
- III.7.15. De las formas de declaración de la carta orgánica
- compatibilidad o incompatibilidad
- 4º Disponer