DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Cargo de incompatibilidad constitucional de una frase del art. 164.I numerales 1, 2, 3 y 4

En el análisis del art. 6.2 del proyecto, se justificó sobre           la necesidad de establecer con precisión en el contenido de la carta orgánica, el componente “jurisdiccional” como un elemento esencial para el ejercicio de las competencias y atribuciones de los órganos de gobiernos; debiendo su regulación limitarse únicamente a su jurisdicción municipal; sin embargo, también se abrió la posibilidad de aplicar el principio de extraterritorialidad en el efecto del ejercicio competencial.

Por otro lado, en cuanto a la materia de transporte, la competencia exclusiva municipal sobre dicha materia, se circunscribe al ámbito del transporte urbano; los distintos municipios, al referirse a los asentamientos humanos, suelen distinguir entre zonas urbanas y rurales, en función a diferentes parámetros, como ser la densidad poblacional; ahora bien, en función a la competencia asignada constitucionalmente, corresponde que su ejercicio solo se circunscriba al transporte que desarrolla su actividad en el área urbana.

El art. 300.I.9, le asignó a los gobiernos departamentales, la competencia exclusiva en “Transporte interprovincial terrestre” considerando que su jurisdicción territorial, abarca a todo un departamento compuesto por diversas provincias; consiguientemente, la regulación del transporte que traspase límites provinciales, le corresponde a los gobiernos autónomos departamentales.

De lo expuesto, es completamente invasivo competencial que el Gobierno Autónomo Municipal de Laja, pretenda regular y establecer puntos de paradas del transporte público de Laja, ubicadas en la jurisdicción municipal de la ciudad de El Alto; más cuando la ubicación geográfica del municipio de Laja, revela que ésta se encuentra ubicada en la provincia Los Andes y el municipio de El Alto ubicada en la provincia Murillo, ambos en el departamento de La Paz; consiguientemente, se advierte que el tipo de transporte que pretende regular el Gobierno Autónomo Municipal de Laja, traspasa límites provinciales y abarca espacios públicos de un municipio ajeno.