DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Con referencia al inc. a)

Con referencia al inc. a); al referirse a la evaluación del Programa Operativo Anual (POA), por parte de la sociedad civil organizada, como un espacio de participación y control social, señala que la convocatoria para dicho evento lo realizará el Control Social, aspecto que es incompatible con los arts. 241 y 242 de la CPE.

Como se señaló anteriormente, la estructura y composición del Control Social, lo hace la sociedad civil organizada, y en virtud a esa autonomía funcional que tiene, los mandatos para el desempeño de sus funciones emanan de la Constitución Política del Estado y de la ley que regula la materia, debiendo los gobiernos autónomos municipales, limitarse a desarrollar espacios institucionales de participación y control social que canalicen los mecanismos previstos por la Norma Suprema y la ley, por lo que no es admisible que la carta orgánica, contenga mandatos para el Control y Participación Social.