DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Cargo de incompatibilidad constitucional de los arts. 72 y 73

En el análisis de incompatibilidad del art. 5.III del proyecto, se desarrolló ampliamente el cargo de incompatibilidad en casos en los que una norma estatutaria, asume leyes del nivel central del Estado para el ejercicio de sus competencias, tal cual ocurre en el presente artículo; consecuentemente, se advierte una conexitud en el cargo de incompatibilidad. Asimismo, se advierte que el art. 73 del proyecto, tiene una relación directa con el que le precede, al extremo de afirmar que existe una sujeción, y ese nivel de dependencia exige a una incompatibilidad obligada de la norma; sin embargo, a efectos de una probable reformulación de dicha disposición, debe considerarse que las NPIOC, se regulan en base a sus normas y procedimientos propios y la positivización de éstos, ello vulnera el principio de preexistencia de las NPIOC.