DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 141

La disposición cuestionada, prescribe que el Gobierno Autónomo Municipal de Laja, asume una serie de Decretos Supremos referidos al Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Ley 1178, emanados del nivel central del Estado, para un mejor desarrollo administrativo: En el análisis del art. 5.III del proyecto, se estableció que la carta orgánica, no podía citar a leyes nacionales con número y nombre, ya que debido a su naturaleza, éstas son susceptibles de derogación o abrogación, contrarios a la naturaleza rígida de la carta orgánica, que para su reforma parcial o total debe atravesar por un procedimiento similar al de su elaboración; en consecuencia, las leyes pueden quedar al margen del ordenamiento jurídico, lo que generaría un escenario de incertidumbre en el ejercicio de determinadas competencias. En el caso de la normativa de menor jerarquía esa previsión es igual aplicable y con mayor razón, debido justamente a las constantes modificaciones que sufren en el transcurso del tiempo; En tal sentido la administración del Gobierno Autónomo antes mencionado, no puede estar sometida a normativa que por su naturaleza pueden sufrir constantes modificaciones, lo que no ocurre con las disposiciones contenidas en la carta orgánica.