DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 91.III

Esta disposición, refiere que el ordenamiento educativo fuera del aula, se regirá por el “Régimen de Educación” establecido en la carta orgánica, extrañamente, de la revisión integral del contenido del proyecto, no se advierte ningún “Régimen de Educación”; consiguientemente, en el presente caso, es aplicable el cargo de incompatibilidad del art. 5.III del proyecto, referido a la seguridad jurídica de las normas. Por otro lado, habrá que señalar que la competencia concurrente de gestión del sistema de educación, prevista en el art. 299.II.2 de la CPE, está desarrollada en el primer parágrafo del art. 91 del proyecto de la carta orgánica.