DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 97

La asignación de competencias, tiene como fuente primaria a la Constitución Política del Estado y esta es de forma obligatoria; es decir, que el ejercicio de la competencia, debe ser en toda su magnitud constitucional, la disposición de la Norma Suprema, le asignó a los gobiernos autónomos municipales, la competencia en “áridos y agregados”; sin embargo, condicionó el ejercicio de la misma, a la coordinación que debe existir con las NPIOC,      en caso de la presencia de éstos dentro del municipio; en consecuencia, a efectos de una probable reformulación del artículo cuestionado, con carácter previsor éste debe consignar de forma íntegra el ejercicio de la competencia; en igual sentido fallaron las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0007/2015, 0039/2015 y 0097/2015.