DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 111. (Áridos y Agregados).

Artículo 111. (Áridos y Agregados). El Gobierno  Autónomo Municipal de Pazña, en coordinación con las comunidades, distritos y autoridades originarias, debe realizar la planificación y ejecución de políticas, que permitan la conservación, cuidado y explotación de áridos y agregados en forma controlada, concediendo los permisos para su explotación previa consulta a los sectores afectados, esta competencia será reglamentada de acuerdo a Ley Especial y normas vigente.

El Gobierno  Autónomo Municipal de Pazña, en coordinación con las comunidades, distritos y autoridades originarias, debe realizar la planificación y ejecución de políticas, que permitan la conservación, cuidado y explotación de áridos y agregados en forma controlada, concediendo los permisos para su explotación previa consulta a los sectores afectados, esta competencia será reglamentada de acuerdo a Ley Especial y normas vigente.