DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 188. (Minería)

II. La administración de los recursos naturales, en sujeción a la Constitución Política del Estado y la Ley del Régimen Minero, es de competencia exclusiva del Estado Central, en este sentido el Gobierno Autónomo Municipal de Pazña, por mandato del soberano coadyuvará con políticas y acciones para lograr los objetivos: