DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Fragmento 171

En el referido art. 2, el estatuyente nuevamente define al municipio de Pazña como autónomo; sin tomar en cuenta que dicha caracteristica es intrínseca a su naturaleza impuesta por la Constitución Política del Estado, conforme expresó el entendimiento de la DCP 0026/2013, y que además conforme refiere el art. 6.II.3 de la LMAD, la autónomía, constituye la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a la condiciones y procedimientos  establecidos en la Constitución Política del Estado y la ley, por lo que, la palabra “Autónomo” resulta ser incompatible por conexitud, con el párrafo primero del preámbulo y art. 1, bajo los mismos argumentos expresados en el control previo de constitucionalidad de los mismos, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “Autonomo” del articulo mencionado del proyecto de la Carta Orgánica municipal.