DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 169. (Planificación Participativa).

Artículo 169. (Planificación Participativa). El Gobierno Autónomo Municipal de Pazña garantiza la planificación participativa ciudadana, donde  se  reconoce al cabildo como máxima instancia de deliberación y planificación democrática participativa,  en un proceso sistemático, social y colectivo con equidad, igualdad, solidaridad y transparencia donde se identificará los problemas, demandas, potencialidades, limitaciones, análisis de alternativas, adopción de estrategias y formulación de planes, programas y proyectos a ser ejecutados por el municipio.

El Gobierno Autónomo Municipal de Pazña garantiza la planificación participativa ciudadana, donde se reconoce al cabildo como máxima instancia de deliberación y planificación democrática participativa, en un proceso sistemático, social y colectivo con equidad, igualdad, solidaridad y transparencia donde se identificará los problemas, demandas, potencialidades, limitaciones, análisis  de alternativas, adopción de estrategias y formulación de planes, programas y proyectos a ser ejecutados por el municipio.