DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Fragmento 301

El art. 275 de la CPE, señala en cuanto a la aprobación y vigencia del estatuto autonómico o carta orgánica que: “Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa  el proyecto de Estatuo o Carta Orgánica  que deberá ser aprobado por dos tercios del total  de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará  en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”.