DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Con relación al numeral 13 del art. 40

El referido numeral, establece como otra de las atribuciones del Concejo Municipal “Facultar al Alcalde o Alcaldesa para suprimir o fusionar dependencias municipales, con miras al cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad definidos en el artículo”; sin embargo, cabe señalar que conforme al art. 12.I de la CPE, se garantiza la independencia de los órganos, no corresponde establecer que para que el alcalde o alcaldesa, pueda suprimir o fusionar dependencias municipales, con miras al cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, sea necesario la autorización del Concejo Municipal, ya que dicha autoridad puede ejercer esa atribución en el marco de su independencia.