DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Feb-2015

o con la cooperación  de las autoridades nacionales, departamentales

El num. 31 del art. 68, establece como atribución de la Alcaldesa o Alcalde Municipal, el ordenar la demolición de los bienes inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, urbanísticas y administrativas especiales, por sí mismo o con la cooperación  de las autoridades nacionales, departamentales; así como la reasignación de uso de suelo que corresponda mediante reglamento específico.