DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 123° (FERIA A LA INVERSA MUNICIPAL).

Artículo 123° (FERIA A LA INVERSA MUNICIPAL). I.- El Gobierno Municipal para la adjudicación de bienes, servicios y obras; obligatoriamente  para cada gestión fiscal realizará la feria a la inversa de contrataciones municipales, en la que podrán participar proponentes individuales, micro y pequeñas empresas, medianas empresas, asociación de productores, artesanos, organizaciones campesinas y cooperativas.

II.- Todos los proponentes que participen de la feria a la inversa, estarán sujetos a las normas sobre procesos de contratación estatales; en aplicación de los principios de igualdad, equidad,  transparencia, economía, eficacia, eficiencia, responsabilidad, libre competencia, buena fe y confidencialidad.