DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Sobre el inciso 11

Bajo ese marco legal, el plan de uso de suelos, debe ser planificado en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas, y estar en conformidad con preceptos y parámetros técnicos establecidos para los Gobiernos Municipales. Por lo que, bajo este entendimiento se declara la incompatibilidad del inciso 11 del art. 48, por ser contrario al texto constitucional