DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

“Artículo 168° (Espacio y bienes de dominio público).

V.- Los espacios públicos, son áreas útiles de interacción social cotidiana que trasciende los límites de los intereses individuales con accesibilidad y uso colectivo; apto para equipamientos, vías y áreas verdes y otros, cuyo suelo es de propiedad pública aunque esta no se encuentre registrada en la Oficina de Derechos Reales, en este sentido.

V.- Los espacios públicos, son áreas útiles de interacción social cotidiana que trasciende los límites de los intereses individuales con accesibilidad y uso colectivo; apto para equipamientos, vías y áreas verdes y otros, cuyo suelo es de propiedad pública aunque esta no se encuentre registrada en la Oficina de Derechos Reales, en este sentido.