DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 126° (NULIDAD DE CONTRATOS).

II.- También serán nulos los contratos celebrados con los servidores públicos municipales, con empleados de libre contratación y remoción; distinto al de prestación de servicios personales, con las personas dependientes de las empresas municipales, hasta doce (12) meses posteriores al cese de sus actividades con el Gobierno Municipal.

II.- También serán nulos los contratos celebrados con los servidores públicos municipales, con empleados de libre contratación y remoción; distinto al de prestación de servicios personales, con las personas dependientes de las empresas municipales, hasta doce (12) meses posteriores al cese de sus actividades con el Gobierno Municipal.