DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 206° (VALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES).

Artículo 206° (VALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES). Los actos administrativos para tener validez, deben cumplir con los requisitos de fondo y de forma, como la competencia, la legalidad o el cumplimiento de ciertas formalidades como su carácter público y la notificación oportuna al interesado; en caso de omisión de los mencionados requisitos, el acto administrativo se considera como ilegal o irregular, por lo que es susceptible de nulidad o anulabilidad.