DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 157° (BANCO DE TIERRAS).

Artículo 157° (BANCO DE TIERRAS). Mediante Ley Municipal, se creará el Banco de Tierras, el cual, registrará predios y terrenos destinados al equipamiento, áreas verdes y otros. Este, en función de sus políticas, regulara el valor del suelo, así como la correcta administración del espacio municipal.