DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

“Artículo 137° (Área Salud).

 “Artículo 137° (Área Salud). El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas sin exclusión ni discriminación alguna, la misma que debe ser atendida por un único sistema de salud, gratuito, equitativo, intra e intercultural, participativo, con calidez, calidad y control social; por lo que el municipio reconoce la salud como derecho fundamental del ser humano desde su concepción, y en consecuencia garantiza su protección integral como bien natural y social”.

Artículo 137° (ÁREA SALUD). El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas sin exclusión ni discriminación alguna, la misma que debe ser atendida por un único sistema de salud, gratuito, equitativo, intra e intercultural, participativo, con calidez, calidad y control social; por lo que el  municipio reconoce la salud como derecho fundamental del ser humano desde su concepción, y en consecuencia garantiza su protección integral como bien natural y social.