DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 124° (CONTROL, SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS PROYECTOS).

Artículo 124° (CONTROL, SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS PROYECTOS). El gobierno municipal para la conclusión de los proyectos, programas, obras, servicios,  etc., necesariamente deberá fijar y elaborar normas y mecanismos de control de supervisión y fiscalización;  que permitan garantizar la ejecución de los proyectos de acuerdo con la normativa nacional en vigencia.