DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 144° (TURISMO MUNICIPAL).

Artículo 144° (TURISMO MUNICIPAL). El Municipio de Mecapaca, cuenta con una simbiosis geográfica, donde se encuentra una diversidad natural, histórica, religiosa y cultural; considerándose una riqueza que debe ser aprovechada en reciprocidad con su conservación; generando espacios recreativos y  educativos para sus habitantes y visitantes; para lo cual el Gobierno Municipal elaborará, ejecutará programas y proyectos para emprendimientos turísticos comunitarios con responsabilidad y participación de la población, correspondiéndole: