DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

Artículo 109. (Bienes de Patrimonio Municipal y su Administración)

La DCP 0133/2015 declaró la incompatibilidad de los preceptos citados precedentemente, entendiendo que: “…la Carta Orgánica no puede hacer una clasificación de los bienes menos pretender regular mediante una Ley de Régimen Patrimonial de Bienes Municipales la distribución, disposición y administración, en plena contradicción a la narrativa constitucional del art. 339.II, que dispone la emisión de una ley del nivel central del Estado encargada de regular estos aspectos”.

Ahora bien, se advierte que a tiempo de efectuar las modificaciones a las disposiciones declaradas incompatibles en la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, el estatuyente decidió eliminar del proyecto de COM de Tipuani, los textos observados del ahora art. 109 (parágrafos IV y VI literal b), en tal razón este Tribunal se encuentra imposibilitado de efectuar el respectivo test de compatibilidad (art. 116 del CPCo), toda vez que no existe objeto de control previo de constitucionalidad, por lo que no corresponde pronunciamiento alguno.