DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

esté a lo dispuesto por la DCP 0133/2015, respecto a los preceptos declarados compatibles en dicha Declaración Constitucional Plurinacional

Finalmente, corresponde hacer notar que, conforme se desarrolló en los fundamentos Jurídicos III.1 de este fallo constitucional, no resulta admisible que la ETA, modifique textos que fueron declarados compatibles, entendiendo que respecto a ellos el Tribunal Constitucional Plurinacional ya emitió criterio, de tal forma tienen carácter de cosa juzgada constitucional, razón por la cual, el estatuyente debe limitarse a modificar los preceptos declarados incompatibles, sin afectar el contenido de los artículos que fueron declarados compatibles; sin embargo, de la revisión del ahora art. 104 se advierte que el estatuyente de Tipuani, efectuó modificaciones al texto introductorio del parágrafo I y eliminó el inc. e) de dicho parágrafo; sin tomar en cuenta que dichos preceptos no fueron declarados incompatibles en la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia; en consecuencia, corresponde que el estatuyente de Tipuani observe lo fundamentado precedentemente y esté a lo dispuesto por la DCP 0133/2015, respecto a los preceptos declarados compatibles en dicha Declaración Constitucional Plurinacional.