DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

Sobre el párrafo introductorio del parágrafo I

La DCP 0133/2015, declaró la incompatibilidad de la frase: “…establecidas en la presente Ley…”, entendiendo que en el marco de lo previsto en el art. 275 de la CPE, la COM no puede ser entendida como una Ley, toda vez que, conforme se establece en el art. 60 de la LMAD, la norma institucional básica de la ETA, tiene naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, estando subordinada a la Constitución Política del Estado y tiene preeminencia en relación a la legislación autonómica.

Ahora bien del texto adecuado, se advierte que el estatuyente optó por suprimir la frase declarada incompatible, en tal razón en el párrafo identificado no se advierte contenido contrario a la Norma Suprema, dado que tiene como fin el identificar a los preceptos emitidas por el órgano ejecutivo y legislativo, en el marco de las facultades asignadas por la Norma Suprema (arts. 272 y 283 de la CPE).