DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

Artículo 118º (Distribución de Recursos Financieros)

II. En la ejecución presupuestaria solo se podrá modificar y efectuar traspasos presupuestarios, previa evaluación de las partidas de gastos correspondiente, los mismos que serán autorizados mediante Ordenanza Municipal del Concejo. En ningún caso se realizaran traspasos de recursos de inversión pública a los gastos de funcionamiento de la administración del Gobierno Autónomo Municipal”