DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

Consideraciones comunes

La DCP 0133/2015, dispuso la incompatibilidad de la frase: “…con el nivel central del Estado”, inserta tanto en el nomen iuis como parágrafo I del precepto en análisis, entendiendo que las competencias compartidas son ejercidas desde el nivel municipal con el nivel central del Estado, extremo que contraviene y desnaturaliza lo previsto por el art. 297.I.4 de la CPE, que establece que las citadas competencias son: “…aquellas sujetas a una legislación básica de la Asamblea Legislativa Plurinacional, cuya legislación de desarrollo corresponderá a las entidades territoriales autónomas, de acuerdo a su característica y naturaleza. La reglamentación y ejecución corresponderá a las entidades territoriales autónomas”.