DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

Artículo 83. (Viabilidad y Procedimiento del Referendo)

1. Tratándose de iniciativa estatal para el caso de referendos municipales será a convocatoria del Concejo Municipal, mediante norma municipal aprobada por dos tercios de los concejales presentes, únicamente en las materias de competencia exclusiva municipal establecidas en la Constitución Política del Estado.