DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

Fragmento 32

El entonces parágrafo II del art. 14, fue declarado incompatible en la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, toda vez que en atención a lo previsto por el art. 269.II de la CPE, existe una reserva de Ley respecto a la delimitación de las unidades territoriales, en tal razón: “La Carta Orgánica no puede establecer colindancias ni límites al municipio; toda vez, que esta labor emerge de un procedimiento que culmina mediante una Ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional, consecuentemente el pretender establecer sus colindancias contraviene a los preceptos de la Constitución Política del Estado”.