DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2019

Fecha: 22-Mar-2019

Respecto al numeral 2 del parágrafo I e inc. h) del parágrafo II

La Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, a tiempo de declarar la incompatibilidad de los preceptos citados, refirió que el estatuyente realizó una inadecuada identificación de las personas con discapacidad, dado que los individualizó como “personas con capacidades diferentes”, denominación que en el marco de lo dispuesto por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y la Constitución Política del Estado resultaría inadecuada.

En el marco de las observaciones citadas precedentemente, el estatuyente de Tipuani sustituyó en ambos preceptos la terminología empleada para la identificación de este sector vulnerable por el de “personas con discapacidad”, en tal razón se advierte que se cumplió con lo previsto por la citada Declaración Constitucional Plurinacional primigenia.