DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 10. (PRINCIPIOS)

4.   Autonomía. Es el fundamento más importante de la organización, funcionamiento y consecución de los fines del Municipio, entendida como la cualidad gobernativa y administrativa.  Que implica la libre determinación de su población, la elección directa de las concejalas, los concejales y la Alcaldesa o Alcalde Municipal por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, el ejercicio de las facultades: legislativa, reglamentaria, fiscalizadora, ejecutiva y técnica por sus órganos de Gobierno en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones en el marco de una efectiva participación ciudadana y control social.

11. Participación ciudadana y control social. Es la responsabilidad individual y colectiva de participar activamente en la formulación y ejecución de políticas públicas municipales a través de los mecanismos habilitados por esta Carta Orgánica y ejercer corresponsablemente el control social sobre la calidad y eficiencia de la gestión pública municipal y de los servicios públicos y privados prestados.

4.   Autonomía. Es el fundamento más importante de la organización, funcionamiento y consecución de los fines del Municipio, entendida como la cualidad gobernativa y administrativa.  Que implica la libre determinación de su población, la elección directa de las concejalas, los concejales y la Alcaldesa o Alcalde Municipal por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, el ejercicio de las facultades: legislativa, reglamentaria, fiscalizadora, ejecutiva y técnica por sus órganos de Gobierno en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones en el marco de una efectiva participación ciudadana y control social.

5.   Desarrollo Humano Sostenible. Es la concepción política, filosófica e institucional por la cual las personas constituyen el centro y fin supremo de las acciones del Gobierno Autónomo Municipal de Colcha “K”, a efecto de mejorar y dignificar las condiciones de vida, el ejercicio pleno de los derechos y el cumplimiento estricto de sus deberes.

8.   Interculturalidad. Es el proceso social público y privado en el que se desarrolla el intercambio personal y/o colectivo de compartir, dar, intercambiar y respetar principios, valores, creencias, actividades y prácticas humanas de cualquier naturaleza u origen, sean estas religiosas, ideológicas, económicas, políticas y sociales, en el marco de la ley, sin discriminación y con acceso irrestricto

9.   Equidad de género. Es la concepción social por el que mujeres y hombres ejercen los mismos derechos y cumplen los mismos deberes en todos ámbitos y actividades sociales, económicas y políticas, públicas y privadas, en base al reconocimiento de las diferencias y la participación igualitaria en la construcción social municipal.

11. Participación ciudadana y control social. Es la responsabilidad individual y colectiva de participar activamente en la formulación y ejecución de políticas públicas municipales a través de los mecanismos habilitados por esta Carta Orgánica y ejercer corresponsablemente el control social sobre la calidad y eficiencia de la gestión pública municipal y de los servicios públicos y privados prestados.