DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Sobre el inc. b. del parágrafo III

El art. 20.III de la CPE establece: “El acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos humanos, no son objeto de concesión ni privatización y están sujetos a régimen de licencias y registros, conforme a ley”, en cuyo entendido, considerando la reserva de ley sobre el régimen de licencias sobre servicios de agua y alcantarillado, la COM no es el instrumento para regular sobre los mismos.