DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Sobre el numeral 10

Sobre el principio de integridad territorial que deriva en la defensa de la integridad territorial del municipio de Colcha “K” corresponden realizarse ciertas puntualizaciones: a) La noción de “integridad territorial” esta comúnmente relacionada con la soberanía externa del país y el mantenimiento del espacio geopolítico del Estado en su conjunto frente a los demás Estados en el contexto internacional y el resguardo o defensa incluso militar de las fronteras nacionales frente a posibles agresiones; y, b)

Debe tenerse en cuenta que cuando de conflictos territoriales internos se trate, en relación centralmente con los conflictos de límites intermunicipales, se entiende que aquellos deben ser gestionados por las regulaciones internas y los canales institucionales establecidos y que en ningún caso deberá incluir medidas de hecho con este fin.

Bajo estas consideraciones la integridad territorial del Estado boliviano, no puede ser ampliado a la territorialidad subnacional ni fragmentado por la normas institucionales básicas de las ETAS, debiendo asimismo considerarse de puede ser aplicado bajo una interpretación beligerante que podría conllevar a acciones de hecho alejadas de los mecanismos legales establecidos para la resolución de conflictos de límites interterritoriales en cuyo entendido la integridad territorial desarrollada como principio resulta n con la Constitución Política del Estado.