DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 73. (DEFINICIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA)

I.   En el marco de la Constitución Política del Estado, en los Arts. 241 y 242, la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Colcha “K” garantiza, promueve, incentiva y fomenta la Participación Ciudadana y el control en la administración pública municipal a efecto de precautelar la eficiencia, eficacia, transparencia, el acceso amplio, oportuno y democrático de la información y la participación directa en la toma de decisiones del municipio.

II.  La participación ciudadana y control social son los mecanismos de intervención de la sociedad civil organizada e independiente de manera ordenada, oportuna en los procesos de elaboración de políticas públicas, prestación de servicios municipales, así como el seguimiento y evaluación del uso eficiente y transparente de los recursos y bienes municipales.