DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Sobre el inciso 26)

En conexitud con el entendimiento asumido sobre el art. 32.k. del proyecto de carta orgánica municipal mediante la presente Declaración Constitucional Plurinacional, y considerando que no resulta pertinente limitar la facultad fiscalizadora del Concejo Municipal a determinadas etapas, como resulta en el presente caso a ante la remisión los estados financieros y la ejecución presupuestaria ante otras autoridades (ej. Contraloría General del Estado), debiendo tenerse asimismo presente que si bien el Concejo Municipal cuenta con la atribución de aprobar estados financieros o la ejecución presupuestaria de la ETA municipal no puede condicionársele el ejercicio de ésta atribución ante determinados momento como pretende el inciso que se analiza.