DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

al día de la elección

En el numeral 2 del art. 45 del proyecto de la Carta Orgánica Municipal, se establece como requisito para ser candidato a Concejalas y Concejales el siguiente: “Haber cumplido dieciocho (18) años de edad, para el caso de las Concejalas y Concejales”, disposición de la cual se tiene que el requisito señalado contradice el art. 287.I.2 de la CPE; toda vez que, esta señala como requisito específico para ser candidatos o candidatas a los concejos y  a las asambleas de los gobierno autónomos, no solamente el tener 18 años, sino tener 18 años cumplidos al día de la elección.