DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

Con relación al numeral 33 del art. 28.II

El numeral 33 en estudio, establece como atribución del Concejo Municipal lo siguiente: “Aprobar o rechazar mediante norma municipal correspondiente, los informes presentados por el Ejecutivo Municipal, de la ejecución física y financiera del programa operativo anual, del presupuesto, los estados financieros y la memoria anual en el plazo de (15) días hábiles, desde su recepción, caso contrario se darán por aprobados.”