DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

Artículo 133. Servicios Agropecuarios.

1.  Emitir políticas para diversificar los servicios agropecuarios y en coordinación con otros niveles de Gobierno, prestará servicios de asesoramiento y asistencia técnica a la actividad agrícola y pecuaria, de manera directa o a través de iniciativas privadas u organizativas y normará la producción y comercialización de productos transgénicos o genéticamente modificados y otros productos conforme establece la Constitución Política del Estado y normas vigentes.

1.   Emitir políticas para diversificar los servicios agropecuarios y en coordinación con otros niveles de Gobierno, prestará servicios de asesoramiento y asistencia técnica a la actividad agrícola y pecuaria, de manera directa o a través de iniciativas privadas u organizativas y normará la producción y comercialización de productos transgénicos o genéticamente modificados y otros productos conforme establece la Constitución Política del Estado y normas vigentes.