DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

Artículo 90. Conflicto de Competencias.

Artículo 90. Conflicto de Competencias. En los casos de conflicto de competencias entre las entidades territoriales autónomas y de estos con otros Órganos de la administración central, departamental, municipal e indígena originario campesinos, se recurrirá al Tribunal Constitucional Plurinacional, que dirimirá en última instancia conforme a la Constitución Política del Estado.

“Artículo 90. Conflicto de Competencias. En los casos de conflicto de competencias entre las entidades territoriales autónomas y de estos con otros Órganos de la administración central, departamental, municipal e indígena originario campesinos, se recurrirá al Tribunal Constitucional Plurinacional, que dirimirá en última instancia conforme a la Constitución Política del Estado”.