DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

corresponde declarar la incompatibilidad del parágrafo II del art. 123 del proyecto de Carta Orgánica Municipal,

En este entendido conforme se tiene del citado precepto constitucional, la elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos que realicen las ETA deben ser siempre en coordinación con los planes del nivel central del Estado, así como en relación a los planes departamentales e indígenas; sin embargo, en la disposición en análisis, el estatuyente  prevé la elaboración del dicho plan omitiendo establecer que en su elaboración exista la señalada coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas, razón por la cual corresponde declarar la incompatibilidad del parágrafo II del art. 123 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, a este efecto deberá ser adecuada esta disposición conforme a los argumentos señalados.