DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

la Carta Orgánica Municipal, no pude atribuirle a la guardia municipal la misión

De ello se tiene que la Carta Orgánica Municipal, no pude atribuirle a la guardia municipal la misión de coadyuvar en la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, por ser atribución únicamente de la Policía Boliviana, determinar lo contrario es realizar interpretación errónea del mandato constitucional provocando una confusión en las atribuciones que presenta esta unidad dependiente del municipio y la Policía Boliviana, por ello los primeros tienen como finalidad, el de apoyar al cumplimiento de la normas emitidas por el gobierno autónomo municipal que rigen su funcionamiento dentro de la jurisdicción municipal…” (las negrillas son añadidas).