DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

corresponde declarar la incompatibilidad de  la frase: “caso contrario serán sujetos a procesos penales por incumplimiento de deberes y otros delitos públicos” del mencionado parágrafo II del citado artículo de este Proyecto

De otra parte también corresponde declarar la incompatibilidad de  la frase: “caso contrario serán sujetos a procesos penales por incumplimiento de deberes y otros delitos públicos” del mencionado parágrafo II del citado artículo de este Proyecto; toda vez que, en virtud de lo señalado por el art. 298.I.21 de la CPE, constituye competencia privativa del nivel central del Estado la codificación sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, tributaria, laboral, comercial, minería y electoral, por ende, tomando en cuenta que la codificación penal es competencia del nivel central, le corresponde en la codificación sustantiva la tipificación de los hechos como delitos.