DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

Con relación al párrafo inicial del art. 130

El párrafo inicial de este artículo del proyecto de Carta Orgánica Municipal, expresa una suerte de reconocimiento de la economía plural en sus diferentes formas de organización económica, por lo que al respecto cabe señalar que la DCP 0019/2015, en cuanto al reconocimiento de la economía plural por las ETA, refirió lo siguiente: “…En este entendido, el proyecto de la Carta Orgánica Municipal no puede reconocer la economía plural como modo de producción, toda vez que esta facultad de reconocimiento es propia de la Constitución Política del Estado, conforme se tiene de los referidos preceptos constitucionales, en los cuales, la Ley Fundamental estableció que el modelo económico boliviano es el plural, orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todas las bolivianas y los bolivianos. Además de haberse determinado que la economía plural está constituida por las distintas formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa…”