DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

Artículo 130. Economía Plural.

Artículo 130. Economía Plural. El Gobierno Autónomo Municipal, reconoce, promueve y aplica la economía plural en sus diferentes formas de organización económica, basada en principios constitucionales de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, distribución, igualdad, seguridad jurídica, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia, complementados con el interés individual, para el vivir bien colectivo, en este sentido, la economía plural comprende:

“Artículo 130. Economía Plural. El Gobierno Autónomo Municipal, reconoce, promueve y aplica la economía plural en sus diferentes formas de organización económica, basada en principios constitucionales de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, distribución, igualdad, seguridad jurídica, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia, complementados con el interés individual, para el vivir bien colectivo, en este sentido, la economía plural comprende: