DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

Artículo 13. Mancomunidades y Asociaciones.

Artículo 13. Mancomunidades y Asociaciones. El Gobierno Autónomo Municipal, en ejercicio de su capacidad asociativa y voluntaria, podrá conformar o ser parte de mancomunidades entre dos o más municipios, para desarrollar acciones conjuntas, en beneficio o intereses del municipio y la región, en el marco de las competencias legalmente asignadas a sus integrantes, de conformidad a la Constitución Política del Estado y las leyes. Asimismo podrá formar parte de federaciones, asociaciones y otras formas de integración municipal.