DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016

Fecha: 25-Abr-2016

corresponde declarar la incompatibilidad de todo el parágrafo I del art. 46 del proyecto de Carta Orgánica Municipal

Conforme a dichos entendimientos, corresponde señalar que no está contemplada dentro de las atribuciones de la jurisdicción ordinaria el posesionar a las autoridades municipales, por lo que no es posible que una norma institucional básica, establezca atribuciones para las autoridades jurisdiccionales, que no sean las expresamente conferidas por la Constitución y la Ley; sin embargo, en la disposición en análisis, el estatuyente pretende a través de una norma institucional básica establecer ciertas atribuciones para la MAE y autoridades de la jurisdicción ordinaria como el de posesionar a las autoridades electas, como las concejalas, concejales y Alcalde o Alcaldesa municipal, motivo por el cual corresponde declarar la incompatibilidad de todo el parágrafo I del art. 46 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, a este efecto el estatuyente debe adecuar el contenido de esta disposición conforme a lo ya señalado.